

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico acogió la solicitud presentada por la Personería Distrital de Santa Marta y decretó una medida cautelar mediante la cual ordena al Ministerio de Salud y Protección Social ampliar la cobertura de vacunación contra el dengue con el fin de garantizar el acceso equitativo y gratuito a la vacuna Qdenga (TAK-003) para niños, niñas y adolescentes entre los 6 y 16 años en los municipios priorizados, dentro de los cuales se encuentra el Distrito de Santa Marta.
La decisión judicial ordena al Ministerio de Salud y Protección Social asegurar la adquisición del biológico e incorporarlo en los lineamientos del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) 2026, con el fin de garantizar su disponibilidad para la población infantil y juvenil en dicho rango etario, conforme a las recomendaciones técnicas del Instituto Nacional de Salud y organismos internacionales.
El personero distrital, Edwar Orozco Oñate, destacó la importancia de esta determinación al señalar que representa un avance significativo en la protección de la niñez y adolescencia frente al dengue, una enfermedad que ha generado preocupación en la región Caribe.
“Con esta medida cautelar se logra un cambio sustancial en los criterios de acceso. Antes, los beneficiarios eran únicamente los niños y niñas de 9 años o quienes cursaban cuarto de primaria. Ahora se amplía el rango de cobertura de 6 a 16 años, garantizando acceso equitativo y gratuito en los territorios priorizados como Santa Marta”, precisó el funcionario.
Orozco Oñate también manifestó que la acción buscaba corregir vacíos en los criterios de priorización inicialmente establecidos. “Nunca logramos entender los criterios aplicados por el Ministerio para limitar la vacuna a una edad específica. Por ello, acudimos a esta acción, cuya medida cautelar fue acogida por el despacho del magistrado Óscar Wilches Donado, permitiendo hoy esta ampliación en beneficio de la población”, agregó.
La Personería Distrital de Santa Marta ejercerá vigilancia permanente al cumplimiento de esta medida cautelar, con el fin de garantizar su implementación efectiva y oportuna, en defensa del derecho fundamental a la salud de los niños, niñas y adolescentes del Distrito.
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